Colombia estableció criterios para identificar al beneficiario final de personas jurídicas o de estructuras sin personería, y también la forma en la que se compilará en los registros la información correspondiente. A partir de este año, empresas o entidades colombianas (residentes fiscales) con o sin fines de lucro, otras no residentes pero establecidas en Colombia (sucursales incluidas), y otras estructuras que cumplan con ciertos requisitos deberán proporcionar información sobre los beneficiarios finales.
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