El pasado 24 de febrero, tan solo un día después de la invasión de Rusia a Ucrania, y como si no hubiera cosas más relevantes de las cuales ocuparse, la Unión Europea (“UE”) actualizó su listado de jurisdicciones no cooperantes en materia tributaria y volvió a colocar allí a dos de las más serias jurisdicciones de nula o baja tributación del Caribe, Bermuda y las Islas Vírgenes Británicas (“BVI”).
Sin perjuicio de que estos listados son puramente políticos y no tienen efecto práctico alguno, ni siquiera para los países de la Unión, no podíamos dejar de referirnos a esta noticia.
En el caso de BVI, dicha jurisdicción ha sido evaluada por la OCDE desde 2019 por haber implementado su estándar mínimo de informes BEPS país por país con dos recomendaciones de mejora. Si bien se están finalizando los pasos para abordar ambas recomendaciones antes de la fecha límite de otoño de 2023, dado que la reunión del Consejo de la UE se dio antes de esa fecha, era algo lógico y esperable que incluyeran en él a BVI. De hecho, no podían no hacerlo. Tan esperable como que las saquen nuevamente (porque esto mismo ya pasó en 2020) en la reunión que dicho Consejo celebre a mediados de 2023 o ya en 2024.
La inclusión de Bermuda y de BVI en esta lista significa simplemente que la UE monitoreara más de cerca el progreso que hagan las mismas para implementar las recomendaciones en el plazo requerido. Una vez que una jurisdicción cumple con todos sus compromisos, se elimina del anexo. Ambas jurisdicciones se toman en serio sus obligaciones internacionales y ya han finalizado los pasos necesarios para garantizar la implementación exitosa de las recomendaciones. De hecho, ambas habían sido eliminadas del Anexo II en 2020 después de que implementaran con éxito sus regímenes de sustancia económica.